Es el derecho de cualquier ciudadano ecuatoriano, el Presidente incluido, poder proponer cambios a la Constitución existente. Y solamente es la Corte Constitucional quien tiene la potestad para calificar si el cambio propuesto puede ser 1) categorizado como enmienda o reforma, y/o 2) que no altera su estructura fundamental, y/o el carácter y elementos constitutivos del Estado, y/o 3) que no establezca restricciones a los derechos y garantías. Y es una lástima ver como los propuestos cambios están siendo endemonizados por la prensa de siempre sin esperar que la Corte Constitucional se manifieste primero. De la misma manera, es una lástima de ver a aquellos que se definen como guardianes de la Constitución (i.e. la tal llamada izquierda boba) actuar de igual manera sin también esperar que la Corte Constitucional se manifieste. Si estos llamados guardianes a sabiendas de que hace algunos meses atrás se venían dichas propuestas, porque ellos pudieron esperar a manifestarse en contra hasta después de que esta propuestas fueron públicamente hechas, y en consistencia con ese comportamiento que destila tanta nobleza, no pudieron esperar hasta que la Corte Constitucionalidad se manifieste? Hipocresía, doble moral u oportunismo? Hasta que no se manifieste la Corte Constitucional, cualquier manifestación al respecto es solamente una conjetura o mera opinión, incluyendo los anexos de la correspondientes propuestas!!!!
Pero volviendo a la coyuntura, cuales son los posibles escenarios en contra que pueden acontecer con las propuestas:
n El pleno de la Corte Constitucional califica la propuesta en una que establece restricciones a los derechos y garantías, y por lo tanto queda muerta dicha propuesta.
n El pleno de la Corte Constitucional califica la propuesta como de tipo reforma, y entonces debe ser bendecida por dos tercios del pleno de la Asamblea, y dado que los gobiernistas están en minoría, la propuesta quedara muerta en el pleno.
Si cualquiera de estos escenarios se da, solo le queda al movimiento País -- con el doce por ciento de las personas inscritas en el registro electoral -- considerar la remota opción de convocar a un referéndum para una Asamblea Constituyente. La consulta deberá incluir la forma de elección de las representantes y los representantes y las reglas del proceso electoral.
Y me parece que aquellos que se rasgan las vestiduras invocando que la propuesta es meramente una maniobra para acaparar poder gobiernista no están siendo realistas ni con 1) la caótica situación del poder de justicia, y consecuentemente, la criminalidad que oprime al país, ni con 2) con el mejor mecanismo para subsanar dicho mal. Personalmente, no creo que las herramientas dadas en la actual Constitución vayan a poder aliviar el problema existente. En el mejor escenario, solo puede mitigar la dolencia en forma parcial. Para quizás esperar un cambio impactante, se requiere de un cambio drástico estructural al sistema, y para eso se requiere primero tener la libertad jurídica y constitucional para poder hacerlo. Y en la ausencia de otras propuestas, solo se puede concluir que la propuesta hecha por el Presidente es la mejor opción. Puede ser que la propuesta presentada sea la solución – solo el tiempo dirá si valió la pena haberle dado el voto de confianza al Presidente en esta tarea. O mejor será que el Presidente retire las propuestas, y que él se mantenga simplemente con la política de reparos reaccionarios que se dan en el día a día del desarrollo de justicia y criminalidad existente? Quizás su popularidad aumente en forma exponencial?
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