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Foro Democrático

¿Son los derechos humanos una herramienta eficaz y efectiva para defender la OPRESIÓN y la DOMINACIÓN? ¿Son una imiagen decorativa, de la cuales muchos viven en  y por su nombre, para defender un poder dominante y con ello retirar de la arena política a sus contradictorios? Esta retórida de los derechos humanos utilizada por la hermana ELSIE MONJE y compañías, parece haber triunfado en la medida en que se pretende querer juzgar (CUANDO YA PRESCRIBIÓ) PRESUNTOS CRÍMENES DE ESTADO, ADOPTANDO UNA POSTURA DE izquierda deformada, PARA SATISFACER AL DUEÑO DEL PÚLPITO Y A LA MAJESTAD QUE NOS GOBIERNA; ÉSA ES LA CARACTERÍSTICA DEL INFORME DE LA comisión de la verdad; que pretende ahcer de los derechos humanos la única ideología en pie, la ideología tras el fin de las ideologías, la ideología que pretende reivindicar crímenes de lesa humanidad, según ellos, cuando EL ESTATUTO DE ROMA surge después del año dos mil, entonces a donde acudir? Porque se realizó tan solo con una parte de los involucrados; donde quedaronlas familias de víctimas de los delitos cometidos por los ahora se dicen ser víctimas? TAN SIMPLE:

LOS DERECHOS HUMANOS Y NATURALES FUERON CONCEBIDOS COMO UNA DEFENSA CONTRA LAS DOMINACIONES DEL PODER Y LA ARROGANCIA OPRESIVA DE SUS REPRESENTANTES. Será entonces que SEGUIREMOS nosotros luchando en contra de estos poderes  absolutos que se quieren impmlantar en nuestro País. Será entonces que les saldrá el tipro por la culata. DON DE ESTÁN LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS? DONDE ESTÁ LA SEGURIDAD? DONDE ESTÁN HOY POR HOY LOS GRUPOS DENOMINADOS DE DEFENSA DE DERECHOS HUMANOS, QUE SIEMPRE HAN lucrado de este tema? AHÍ LOS QUIERO VER.....

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Simón Pachano

Verdades

Elsie Monge debe haber sentido que se le corría el piso cuando el Presidente de la República cuestionó una de las denuncias presentadas en el informe de la Comisión de la Verdad. Fue sobre el caso Dayuma que Rafael Correa dijo que la Comisión no había receptado los testimonios de los militares agredidos ni del juez que conoció la causa y que se tomó únicamente el testimonio de tres personas. Sostuvo que se habían basado en informaciones de la prensa sensacionalista, en mentiras forjadas. Pocas frases, pero suficientes para sembrar de dudas al informe que él mismo impulsó. La lógica más simple lleva a sostener que, si esa fue la forma de investigar y analizar uno de los episodios de violación de los derechos humanos, con los otros puede haber sucedido lo mismo.

Es obvio que la intemperancia y la convicción de infalibilidad impidieron que el Presidente comprendiera la trascendencia del informe y la importancia que tiene para la convivencia democrática en el país. Queda claro que él y sus asesores no se detuvieron a pensar medio segundo en que ese mismo argumento podía ser tomado –como en efecto lo fue de inmediato– por los otros aludidos en la investigación. La validez y la seriedad del trabajo de meses de la Comisión fueron puestas en duda con las palabras presidenciales.

La respuesta de la Presidenta de la Comisión no ayudó en nada a los objetivos de la investigación. Ella sostuvo que el Presidente estuvo mal informado (en otras palabras, que no leyó el informe), ya que el caso Dayuma no estuvo entre los hechos investigados y por tanto no consta en el documento. No consta porque las personas involucradas decidieron no presentarlo. Pero ¿acaso un hecho de violación de derechos debe perderse en el olvido porque las víctimas así lo quieren? Con ello llegamos al absurdo de que, para efectos prácticos, el caso no existió y se queda en el limbo, como es la costumbre actual. Para decirlo en los términos de los juristas, la Comisión debió actuar de oficio, porque su responsabilidad era con la convivencia colectiva, no con un grupo determinado aun cuando este sea el de las víctimas. Por tanto, Dayuma debió formar parte de la investigación, aunque fuera solamente para señalar las causas que tienen esas personas para preferir el silencio y el olvido.

El esclarecimiento de los abusos y de las violaciones a los derechos es fundamental para que los miembros de una sociedad puedan vivir en armonía. No sacarlos a la luz, no procesarlos adecuadamente (tanto en lo humano como en lo jurídico), solamente lleva a profundizar las heridas que abrieron en su momento. Por ello, en diversos países latinoamericanos se puede establecer un antes y un después del trabajo de las comisiones de este tipo que actuaron en ellos. La de acá tenía una responsabilidad mayor, porque no juzgaba los abusos de una dictadura, sino de gobiernos de elección popular. Era un juzgamiento a nuestra democracia, por tanto a este largo presente de las últimas tres décadas.
Yo estoy de acuerdo en la totalidad de los planteamientos; esclarecer los abusos, las violaciones a los derechos fundamentales de los miembros de la sociedad, es un asunto fundamental. Mi problema radica en la "ideología" de los comisionados que se han hecho cargo de estas investigaciones y, por asociación de ideas, me viene a la mente también la "ideología" del famoso "juan de Dios" Parra, quien, acompañado de Chauvín y Larrea, hacía valer los "derechos humanos" de los narco-terroristas de las FARC, entregándoles carnés para "visitar" nuestro país.
Me temo mucho que estas fundamentales investigaciones están en manos de personas parcializadas , que están sirviendo a la coyuntura política, más que al esclarecimiento de los hechos
No mi estimada Bernarda, este asunto no tiene nada de fundamental. Fundamental sería que planifiquen estrategias para crear riqueza, o solucionar el crítico problema de la delincuencia, fundamental sería buscar acuerdos comerciales con países que valgan la pena, o disminuir el abultado peso burocrático.

Si hay algo en que se ha salido con la suya este gobierno, es distraernos en tonterías, en comisiones de la mentira, leyes de aguas, de comunicación y demás barrabasadas que no sirven absolutamente para nada.
Creo, Eduardo, que la planificación de estrategias para crear riqueza, la lucha contra la delincuencia, o la búsqueda de convenios comerciales con otros países, en un gobierno responsable y coherente, no tienen por qué impedir las investigaciones relacionadas con torturas, asesinatos y abusos de poder, pasados y presentes.
Sí es fundamental aplicar en el Estado los tratados internacionales sobre Derechos Humanos, hacerlos cumplir y sancionar a quienes cometan abusos que atenten contra los mismos, no hacerlo sería garantizar la impunidad. El problema radica en que, como lo vemos en la actualidad, estas investigaciones están dirigidas al revanchismo político, a la venganza y resentimiento y no la la genuina búsqueda de la verdad y la justicia.
HEREJÍA JURÍDICA

En la COMISIÓN DEFORMADA DE LA "VERDAD" no existe un ANÁLISIS JURÍDICO del tema. Se dice que se debe juzgar a los "respnsables". Habrá que pedir juticia divina para el Ex Presidente L.F.C. Se menciona que no prescriben los presuntos delitos: En el orden interno los presuntos delitos de ACCIÓN PÚBLICA, en esa época, prescribian a los DIEZ AÑOS. En el orden internacional, según lo dispuesto en el ESTAUTO DE ROMA, los delitos de "lesa humanidad", "genocidio" NO PRESCRIBEN, pero si existe un CÓDIGO PENAL INTERNACIONAL, es precisamente ese estatuto, que habla de IMPRESCRIPTIBILIDAD, pero después de que entró en JURISDICCIÓN y COMPETENCIA, desde el año 2002. Entonces: ¿Dónde queda el principio de irretroactividad en materia penal? Para los miembros de esa comisión habrá que pedirles que lean lo dispuesto en el Art. 13 en su parte final del Código Civil: "la ignorancia de ley no excusa a persona alguna...." Más a quienes han generado una discusión nacional sobre este tema. Los Arts. 5, 6 y 7 del ESTATUTO DE ROMA define los CRÍMENES D COMPETENCIA DE LA CORTE, entre ellos encuadra precisamente los CASOS: DAYUMA, de la DESAPARICIÓN del padrastro de GABRICIO COLÓN PICO( en este gobierno, por lo que desapareció el grupo G.A.O.) y la semana anterior de VARIOS EXTRANJEROS en Guayaquil "deportados" en contra de su volutnad, casos de coartar la "libre expresión" como la del última cadena sabatina a una "compañerita", etc. Basta leer que actos de la revolución ciudadana se encuadran en las conductas descritas en el artículo 7 del mencionado instrumento internacional. Entonces HABRÁ QUE TAMBIÉN CREAR UNA COMISIÓN DE LA VERDAD para la defensa de los DERECHOS HUMANOS desde que entró en vigencia el gobierno de los círculos de revolución.¿Que tál? O es que hay tan solo discusión de un solo y para un solo grupo de la Sociedad?
Me parece que el Sr. Durazno y los que estan de acuerdo con su postura, no estan enterados de los objetivos de esta Comision – que fue la de especificamente investigar solamente hechos denunciados que hayan ocurrido entre 1984 y 1988, o que califiquen como especiales a discreción de sus comisionados. Y estos hechos denunciados e investigados se limitarian a casos de: a) ejecución extrajudicial, homicidio, muerte bajo custodia; b) desaparición forzada; c) tortura; d) violencia sexual, y e) detención arbitraria.
Es decir que bajo dichos objetivos, los derechos de las victimas de AVC no eran parte de ninguna investigacion ya que se presume que las respectivas leyes penales se encargarian de castigar a dichos transgresores. Aqui lo que esta Comisiom esta haciendo es de establecer un precedente para que nunca mas se repitan discursos publicos por parte de regimenes que actuan en forman dictatorial, cometen las atrocidades ya enumeradas y quedan impunes ante la historia y de un pueblo que espera que un dia se haga justicia.

Y comparto el argumento de que la imparcialidad de esta Comision queda en cierta forma vulnerada por el mero hecho de que uno de los Comisionados de esta Comision (Restrepo) es el padre de las victimas – que alegadamente fueron victimazadas por el gobierno de FC. Pero si uno es pragmatico y pone en un balanza, los pros y los contras de estas Comision, uno concluiria que a la larga seria el pais y el pueblo que se beneficiaria en lo absoluto con las conclusiones de dichas investigaciones judiciales basadas en el informe de dicha Comision. Ya otros paises en Latinoamerica como Peru, Paraguay, Guatemala, El Salvador, Chile y Argentina han tenido sus comisiones de la verdad, y creo que estas comisiones han sido un balsamo para sus pueblos ya que los mismos han podido superar, concluir y cerrar en sus respectivas historias episodios de impunidad y de injusticia.

Solo por el mero hecho de no concordar con Correa y su regimen, no se puede obviar lo que es mas justo y beneficioso para el pais....
HEREJÍA JURÍDICA

En la COMISIÓN DEFORMADA DE LA "VERDAD" no existe un ANÁLISIS JURÍDICO del tema. Se dice que se debe juzgar a los "respnsables". Habrá que pedir juticia divina para el Ex Presidente L.F.C. Se menciona que no prescriben los presuntos delitos: En el orden interno los presuntos delitos de ACCIÓN PÚBLICA, en esa época, prescribian a los DIEZ AÑOS. En el orden internacional, según lo dispuesto en el ESTAUTO DE ROMA, los delitos de "lesa humanidad", "genocidio" NO PRESCRIBEN, pero si existe un CÓDIGO PENAL INTERNACIONAL, es precisamente ese estatuto, que habla de IMPRESCRIPTIBILIDAD, pero después de que entró en JURISDICCIÓN y COMPETENCIA, desde el año 2002. Entonces: ¿Dónde queda el principio de irretroactividad en materia penal? Para los miembros de esa comisión habrá que pedirles que lean lo dispuesto en el Art. 13 en su parte final del Código Civil: "la ignorancia de ley no excusa a persona alguna...." Más a quienes han generado una discusión nacional sobre este tema. Los Arts. 5, 6 y 7 del ESTATUTO DE ROMA define los CRÍMENES D COMPETENCIA DE LA CORTE, entre ellos encuadra precisamente los CASOS: DAYUMA, de la DESAPARICIÓN del padrastro de GABRICIO COLÓN PICO( en este gobierno, por lo que desapareció el grupo G.A.O.) y la semana anterior de VARIOS EXTRANJEROS en Guayaquil "deportados" en contra de su volutnad, casos de coartar la "libre expresión" como la del última cadena sabatina a una "compañerita", etc. Basta leer que actos de la revolución ciudadana se encuadran en las conductas descritas en el artículo 7 del mencionado instrumento internacional. Entonces HABRÁ QUE TAMBIÉN CREAR UNA COMISIÓN DE LA VERDAD para la defensa de los DERECHOS HUMANOS desde que entró en vigencia el gobierno de los círculos de revolución.¿Que tál? O es que hay tan solo discusión de un solo y para un solo grupo de la Sociedad?
HEREJÍA JURÍDICA

En la COMISIÓN DEFORMADA DE LA "VERDAD" no existe un ANÁLISIS JURÍDICO del tema. Se dice que se debe juzgar a los "respnsables". Habrá que pedir juticia divina para el Ex Presidente L.F.C. Se menciona que no prescriben los presuntos delitos: En el orden interno los presuntos delitos de ACCIÓN PÚBLICA, en esa época, prescribian a los DIEZ AÑOS. En el orden internacional, según lo dispuesto en el ESTAUTO DE ROMA, los delitos de "lesa humanidad", "genocidio" NO PRESCRIBEN, pero si existe un CÓDIGO PENAL INTERNACIONAL, es precisamente ese estatuto, que habla de IMPRESCRIPTIBILIDAD, pero después de que entró en JURISDICCIÓN y COMPETENCIA, desde el año 2002. Entonces: ¿Dónde queda el principio de irretroactividad en materia penal? Para los miembros de esa comisión habrá que pedirles que lean lo dispuesto en el Art. 13 en su parte final del Código Civil: "la ignorancia de ley no excusa a persona alguna...." Más a quienes han generado una discusión nacional sobre este tema. Los Arts. 5, 6 y 7 del ESTATUTO DE ROMA define los CRÍMENES D COMPETENCIA DE LA CORTE, entre ellos encuadra precisamente los CASOS: DAYUMA, de la DESAPARICIÓN del padrastro de GABRICIO COLÓN PICO( en este gobierno, por lo que desapareció el grupo G.A.O.) y la semana anterior de VARIOS EXTRANJEROS en Guayaquil "deportados" en contra de su volutnad, casos de coartar la "libre expresión" como la del última cadena sabatina a una "compañerita", etc. Basta leer que actos de la revolución ciudadana se encuadran en las conductas descritas en el artículo 7 del mencionado instrumento internacional. Entonces HABRÁ QUE TAMBIÉN CREAR UNA COMISIÓN DE LA VERDAD para la defensa de los DERECHOS HUMANOS desde que entró en vigencia el gobierno de los círculos de revolución.¿Que tál? O es que hay tan solo discusión de un solo y para un solo grupo de la Sociedad?
No era de esperarse otra cosa de una "comisioncilla" (igual al congresillo) pegada como ladilla en las partes íntimas del emperador Rafico I.

Lo peor es la apología del delito que ahora quieren imponer. Decir que los guerrilleros (presiento que se están re armando guerrillas en el país) son ahora los HEROES DE LA PATRIA y deben ser estudiados en los colegios y colocado sus nombres en calles, plazas y demás espacios públicos, me parece una ESTUPIDEZ inconcebible. Amén de recibir indenmizaciones millonarias con nuestro dinero, aquel que se podría utilizar para más escuelas, hospitales, maestros, guarderías, policías, etc.

Algunos no terminan de entender cuál es el verdadero propósito de todo esto, acaso no se dan cuenta que la permisividad y pasividad con los narcos y guerrilleros que pregona el des gobierno, se convierte en complicidad. Su revolución está haciendo agua por el espíritu emprendedor de los ecuatorianos (en todos existe un pequeño pelucón, de ahí el éxito de nuestros compatriotas en el exterior) por tanto, necesitarán presionar bloqueando todo resquicio de libertad (ahora le toca a la comunicación) y por último a las bravas (es decir, con guerrillas).

Tenemos que detener esto aquí y ahora.
HEREJÍA JURÍDICA

En la COMISIÓN DEFORMADA DE LA "VERDAD" no existe un ANÁLISIS JURÍDICO del tema. Se dice que se debe juzgar a los "respnsables". Habrá que pedir juticia divina para el Ex Presidente L.F.C. Se menciona que no prescriben los presuntos delitos: En el orden interno los presuntos delitos de ACCIÓN PÚBLICA, en esa época, prescribian a los DIEZ AÑOS. En el orden internacional, según lo dispuesto en el ESTAUTO DE ROMA, los delitos de "lesa humanidad", "genocidio" NO PRESCRIBEN, pero si existe un CÓDIGO PENAL INTERNACIONAL, es precisamente ese estatuto, que habla de IMPRESCRIPTIBILIDAD, pero después de que entró en JURISDICCIÓN y COMPETENCIA, desde el año 2002. Entonces: ¿Dónde queda el principio de irretroactividad en materia penal? Para los miembros de esa comisión habrá que pedirles que lean lo dispuesto en el Art. 13 en su parte final del Código Civil: "la ignorancia de ley no excusa a persona alguna...." Más a quienes han generado una discusión nacional sobre este tema. Los Arts. 5, 6 y 7 del ESTATUTO DE ROMA define los CRÍMENES D COMPETENCIA DE LA CORTE, entre ellos encuadra precisamente los CASOS: DAYUMA, de la DESAPARICIÓN del padrastro de GABRICIO COLÓN PICO( en este gobierno, por lo que desapareció el grupo G.A.O.) y la semana anterior de VARIOS EXTRANJEROS en Guayaquil "deportados" en contra de su volutnad, casos de coartar la "libre expresión" como la del última cadena sabatina a una "compañerita", etc. Basta leer que actos de la revolución ciudadana se encuadran en las conductas descritas en el artículo 7 del mencionado instrumento internacional. Entonces HABRÁ QUE TAMBIÉN CREAR UNA COMISIÓN DE LA VERDAD para la defensa de los DERECHOS HUMANOS desde que entró en vigencia el gobierno de los círculos de revolución.¿Que tál? O es que hay tan solo discusión de un solo y para un solo grupo de la Sociedad?
HEREJÍA JURÍDICA

En la COMISIÓN DEFORMADA DE LA "VERDAD" no existe un ANÁLISIS JURÍDICO del tema. Se dice que se debe juzgar a los "respnsables". Habrá que pedir juticia divina para el Ex Presidente L.F.C. Se menciona que no prescriben los presuntos delitos: En el orden interno los presuntos delitos de ACCIÓN PÚBLICA, en esa época, prescribian a los DIEZ AÑOS. En el orden internacional, según lo dispuesto en el ESTAUTO DE ROMA, los delitos de "lesa humanidad", "genocidio" NO PRESCRIBEN, pero si existe un CÓDIGO PENAL INTERNACIONAL, es precisamente ese estatuto, que habla de IMPRESCRIPTIBILIDAD, pero después de que entró en JURISDICCIÓN y COMPETENCIA, desde el año 2002. Entonces: ¿Dónde queda el principio de irretroactividad en materia penal? Para los miembros de esa comisión habrá que pedirles que lean lo dispuesto en el Art. 13 en su parte final del Código Civil: "la ignorancia de ley no excusa a persona alguna...." Más a quienes han generado una discusión nacional sobre este tema. Los Arts. 5, 6 y 7 del ESTATUTO DE ROMA define los CRÍMENES D COMPETENCIA DE LA CORTE, entre ellos encuadra precisamente los CASOS: DAYUMA, de la DESAPARICIÓN del padrastro de GABRICIO COLÓN PICO( en este gobierno, por lo que desapareció el grupo G.A.O.) y la semana anterior de VARIOS EXTRANJEROS en Guayaquil "deportados" en contra de su volutnad, casos de coartar la "libre expresión" como la del última cadena sabatina a una "compañerita", etc. Basta leer que actos de la revolución ciudadana se encuadran en las conductas descritas en el artículo 7 del mencionado instrumento internacional. Entonces HABRÁ QUE TAMBIÉN CREAR UNA COMISIÓN DE LA VERDAD para la defensa de los DERECHOS HUMANOS desde que entró en vigencia el gobierno de los círculos de revolución.¿Que tál? O es que hay tan solo discusión de un solo y para un solo grupo de la Sociedad?
HEREJÍA JURÍDICA

En la COMISIÓN DEFORMADA DE LA "VERDAD" no existe un ANÁLISIS JURÍDICO del tema. Se dice que se debe juzgar a los "respnsables". Habrá que pedir juticia divina para el Ex Presidente L.F.C. Se menciona que no prescriben los presuntos delitos: En el orden interno los presuntos delitos de ACCIÓN PÚBLICA, en esa época, prescribian a los DIEZ AÑOS. En el orden internacional, según lo dispuesto en el ESTAUTO DE ROMA, los delitos de "lesa humanidad", "genocidio" NO PRESCRIBEN, pero si existe un CÓDIGO PENAL INTERNACIONAL, es precisamente ese estatuto, que habla de IMPRESCRIPTIBILIDAD, pero después de que entró en JURISDICCIÓN y COMPETENCIA, desde el año 2002. Entonces: ¿Dónde queda el principio de irretroactividad en materia penal? Para los miembros de esa comisión habrá que pedirles que lean lo dispuesto en el Art. 13 en su parte final del Código Civil: "la ignorancia de ley no excusa a persona alguna...." Más a quienes han generado una discusión nacional sobre este tema. Los Arts. 5, 6 y 7 del ESTATUTO DE ROMA define los CRÍMENES D COMPETENCIA DE LA CORTE, entre ellos encuadra precisamente los CASOS: DAYUMA, de la DESAPARICIÓN del padrastro de GABRICIO COLÓN PICO( en este gobierno, por lo que desapareció el grupo G.A.O.) y la semana anterior de VARIOS EXTRANJEROS en Guayaquil "deportados" en contra de su volutnad, casos de coartar la "libre expresión" como la del última cadena sabatina a una "compañerita", etc. Basta leer que actos de la revolución ciudadana se encuadran en las conductas descritas en el artículo 7 del mencionado instrumento internacional. Entonces HABRÁ QUE TAMBIÉN CREAR UNA COMISIÓN DE LA VERDAD para la defensa de los DERECHOS HUMANOS desde que entró en vigencia el gobierno de los círculos de revolución.¿Que tál? O es que hay tan solo discusión de un solo y para un solo grupo de la Sociedad?

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