Correa, Larrea y Chauvin se contradicen en citas con Reyes
Precisar la fecha en la que el presidente Rafael Correa fue informado sobre la reunión que el ex ministro de Seguridad, Gustavo Larrea, mantuvo con Raúl Reyes, ex segundo al mando de las FARC; determinar si aquel fue el único encuentro y si se realizó fuera del país, es clave para el esclarecimiento de los procesos judiciales que se llevan adelante sobre el tema.
Así lo asegura el penalista Javier González, quien lamenta que lejos de aclarar dudas, las nuevas declaraciones de los implicados y del Mandatario hayan dejado en evidencia más contradicciones y generado más dudas que certezas.
Según González, si se demuestra que Larrea y su ex asesor José Ignacio Chauvin se reunieron en Angostura con Reyes, deben ser juzgados penalmente por cometer delitos contra la seguridad del Estado, lo cual conlleva la pérdida de la nacionalidad, como lo dispone el art. 122 del Código Penal.
“La Fiscalía tiene la oportunidad histórica de demostrar independencia y hacer prevalecer los altos intereses del Estado”, señala el penalista.
Al analizar lo dicho por Correa, Larrea y Chauvin se nota que discrepan, por lo menos, sobre cinco aspectos clave: la reunión entre Larrea y Reyes; las siete citas que Chauvin aseguró haber mantenido con el fallecido guerrillero; el escape de Chauvin mientras estaba custodiado por la Unidad de Investigaciones Especiales de la Policía (UIES); la fecha y hora en la que cada uno conoció del bombardeo a Angostura y sobre la relación de Chauvin con los hermanos Ostaiza, acusados de liderar una red de narcotráfico vinculada a los carteles de Cali y Sinaloa y a las FARC.
El analista Simón Pachano confía en que los medios se mantendrán vigilantes y críticos sobre el caso y cuestiona la actitud de Correa, quien habiendo ordenado una investigación sobre los supuestos vínculos de Chauvin con el narcotráfico, no hizo el seguimiento, lo cual deja en evidencia su intención de minimizar el tema.
Lo más grave para Pachano son las disculpas que públicamente le ofreció Correa a Chauvin y a su familia. “Hay negligencia o una actitud contemplativa, más aún cuando este asunto le puede salpicar al propio Presidente”, señala.
Si se probara que Correa estaba al tanto de esas actividades, González sostiene que la Fiscalía, solicitando la autorización prevista en el numeral 10 del artículo 120 de la Constitución, debe recibir la versión del Mandatario e iniciar una acción penal en su contra.
En el segundo caso, es decir si Larrea actuó por su cuenta, el Fiscal debe iniciar indagación contra Chauvin, Larrea y demás responsables por el delito de traición a la patria.
El ex presidente de la Asamblea Constituyente, Alberto Acosta, considera que el tema da a los medios más elementos para seguir alimentando un escándalo del que saca ventaja el presidente de Colombia, Álvaro Uribe.
“Me gustaría que al presidente Correa le enfrenten con tesis, con argumentos, hay muchas cosas para hacerlo, no con estos escándalos”, dice.
Sin embargo pide que el tema sea manejado con transparencia por parte de la Fiscalía y llama la atención al presidente de la Comisión Legislativa, Fernando Cordero (PAIS), porque hasta el momento no ha dispuesto que se cree una comisión para investigar el asunto.
“Lo que yo quiero es transparencia y no hacer el juego a oscuros intereses, falta poco para que quieran que el presidente Correa le vaya a pedir disculpas a Uribe, quien debe estar relamiéndose los bigotes (que no tiene) con este escándalo”.
Pero, Javier González recuerda que Ecuador es signatario de tratados y convenios internacionales, lo cual podría ser usado por el Gobierno de Colombia para elevar su protesta en el contexto internacional por las abiertas actuaciones e intromisiones de otro país signatario.
Aquello, precisa, en caso de que se llegue a comprobar que los encuentros de los dos ex funcionarios del actual Gobierno se hicieron en territorio ecuatoriano y cuando ejercían funciones públicas.
Subversión
LO QUE DICE LA LEGISLACIÓN
Acusaciones contra Reyes
Raúl Reyes, muerto en el ataque colombiano de Angostura el 1 de marzo del 2008, era buscado por la Interpol por los delitos de violación y acto sexual violento, terrorismo, rebelión, destrucción de bienes protegidos, secuestro, reclutamiento ilícito, hurto calificado, apoderamiento de aeronave y tráfico de estupefacientes.
Código Penal
El artículo 152 del Código Penal indica: El que favoreciere el ingreso al país, la permanencia o el ocultamiento en el mismo o la evasión de agentes subversivos extranjeros, conociendo su condición, será reprimido con prisión de dos a cinco años y multa de veinte y seis a setenta dólares de los Estados Unidos.
Mientras que el artículo 147 establece: El que promoviere, dirigiere o participare en organizaciones de guerrillas, comandos, grupos de combate o grupos o células terroristas, destinadas a subvertir el orden público, sustituir la Fuerza Pública, atacarla o interferir su normal desempeño, será reprimido con reclusión mayor ordinaria de cuatro a ocho años y multa de ochenta y siete a ciento setenta y cinco dólares.
Apoyo foráneo
Si estas actividades se ejecutan con armas u obedeciendo instrucciones foráneas, o con la intervención, apoyo o auxilio económico del extranjero, la pena será de ocho a doce años de reclusión mayor ordinaria y multa de ciento setenta y cinco a cuatrocientos treinta y siete dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
